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Equipo con éxito

No debemos olvidar, que nuestro jefe y nosotros, formamos un equipo. Y para que un equipo sea exitoso debemos trabajar y esforzarnos para construir y mantener una buena relación entre ambos.

Equipo con éxito

En ocasiones, conoces a una persona y surge una conexión casi inexplicable, te compenetras, tenéis formas similares de pensar y actuar, y el trabajo en equipo fluye de una forma asombrosa. Si este no es nuestro caso, no tenemos que preocuparnos, lo único que debemos hacer es seguir unos pasos para poder alcanzar esa conexión entre nosotros.

Primero debemos aprender a trabajar juntos, en equipo. Tenemos que conocer a la otra persona en su faceta profesional, sus hábitos, sus actitudes, su forma de comunicación con los demás, su forma de trabajar, etc.

Una vez finalizado este primer paso, el siguiente es conocer su faceta más personal, sus gustos, sus valores, sus “manías”. Debemos tener claro que a pesar de nuestras diferencias, tenemos que trabajar juntos por un mismo fin.

Una vez alcanzado este conocimiento el uno sobre el otro, nos encontraremos con una gran coordinación entre ambos.
Aunque cada uno de nosotros tengamos opiniones distintas, existirá tal conexión que seremos capaces de anticiparnos a la otra persona, de saber sin tan siquiera haber cruzado una palabra, cual es su estado de ánimo.

Un equipo con éxito, mantiene una buena relación. Y tras un periodo de adaptación, consiguen trabajar de tal manera que parecen una misma persona.

Soy autónomo ¿Cuando me puedo jubilar?

Aunque la edad de jubilación pueda ser una fecha muy lejana, un autónomo no debe nunca estar desinformado sobre las novedades y condiciones que van surgiendo con el tiempo. La cuantía a percibir como pensión, una vez haya llegado el momento, va a depender de la cantidad que se ha cotizado a la Seguridad Social durante los años en los que se ha desarrollado la actividad.

La posibilidad de cotizar poca cantidad en un principio puede jugar una “mala pasada” si no calculamos bien la cantidad que quedará a percibir. Los 20 o 25 años precedentes a la jubilación es la época más importante para tomar la decisión correcta.

Para los autónomos cuya edad de jubilación entre dentro del 2012 no hay cambios en el sistema pero, con los cambios acontecidos en las leyes que regulan el sistema de jubilación, el resto se encontrará con que la edad para disfrutar de ese merecido descanso aumenta progresivamente de la siguiente manera:

Año. Edad de jubilación
2013 65 años y 1 mes
2014 65 años y 2 meses
2015 65 años y 3 meses
2016 65 años y 4 meses
2017 65 años y 5 meses
2018 65 años y 6 meses
2019 65 años y 8 meses
2020 65 años y 10 meses
2021 66 años
2022 66 años y 2 meses
2023 66 años y 4 meses
2024 66 años y 6 meses
2025 66 años y 8 meses
2026 66 años y 10 meses
A partir de 2027 67 años

 

Al igual que la edad, también aumenta el tiempo de cotización quedando así:

2013-  192 meses 2018- 252 meses
2014-  204 meses 2019- 264 meses
2015-  216 meses 2020- 276 meses
2016- 228 meses 2021- 288 meses
2017- 240 meses 

 

A partir de 2022- 300 meses

 

No debemos olvidar que la edad para la jubilación anticipada es de 63 años eso sí, con un mínimo de cotización de 33 años.

Dado que esta información puede ser rectificada por los cambios habituales que acontecen a este tipo de datos, os recordamos que es aconsejable recurrir a los profesionales del tema tratado en cuestión.

Fuentes:  http://www.mtin.es/ http://www.infoautonomos.com http://www.crear-empresas.com

 

La UE corrige el actual desarrollo de la LOPD

LOPDEsta semana El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado sobre el recurso que fue interpuesto en su día ante el Tribunal Supremo por la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) y la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD).

Las citadas organizaciones presentaron el recurso contra las disposiciones más restrictivas de la ley Española de Protección de Datos (LOPD) alegando que vulneraba la actual legislación comunitaria.

En la actual normativa española, hasta ahora para poder realizar un tratamiento de datos personales, se exigía que los datos figuren en fuentes accesibles al público, además de existir un interés legítimo.

Se realizó la consulta al Tribunal de Justicia de Luxemburgo para comprobar si la restricción era compatible con la legislación de la UE.

La Directiva determina que se pueda realizar tratamiento de datos personales cuando exista el consentimiento de los afectados o cuando exista un interés legitimo de la entidad que trata los datos, siempre y cuando no se vulneren los derechos y libertades fundamentales de los interesados.

Se deriva de la sentencia que se ha excedido respecto a lo dispuesto en la Directiva Europea 95/46 al incluir un requisito adicional no contemplado, por exigir que dichos datos figuren en fuentes accesibles al público.

También se pone de relieve que los Estados miembros no pueden agregar más requisitos adicionales a los ya establecidos, dado que la directiva realiza una armonización completa y no de mínimos en esta materia.

Buen ambiente laboral

Ambiente_laboralPasamos 8 o más horas en nuestro lugar de trabajo. Y lo que menos nos gustaría es que existiera un mal ambiente laboral.

Con alguno de nuestros compañeros, además de compartir un lugar de trabajo, es posible que compartamos algún otro tipo de relación (amistad, conocido, familiar…) bien porque nos conozcamos de antes o debido al trato diario, pueden haberse creado esos lazos. Aún así debemos evitar llevar problemas de fuera al lugar de trabajo, ya que un enfado entre 2 compañeros, puede perjudicar al resto de la plantilla.

Debemos aprender a valorar el trabajo de todos ellos, independientemente de la persona que lo realice y del grado de afecto que tengamos hacia ella, ya que esa persona puede ser un excelente profesional en su materia.

Colaborar, esta palabra – acción, debe de estar presente en nuestro día a día. Sé buen compañero, ayuda cuanto puedas a los demás, ya que mañana puedes ser tú el que necesite ayuda. Además de esto, debemos ayudar a que el ambiente laboral sea el idóneo para el trabajo diario, evita las críticas, no abuses de la confianza de tus compañeros, etc.

Modales, debemos cuidar nuestros modales con los demás, un trato cercano, no esta reñido con una buena educación.

Sé comunicativo y participativo, que vean que nos interesa mantener un buen ambiente laboral, y que aunque en algún momento no compartamos las costumbres, participar y compartir actividades con todos, nos ayudará a mejorar el ambiente laboral.

Ventajas fiscales del vehículo de tu empresa

Como gran parte de los trabajadores españoles, hay autónomos que necesitan un vehículo tanto para desplazarse a su lugar de trabajo como para realizar dicho trabajo y es por ello que muchos se decantan por la desgravación como gasto de empresa. Pero, ¿qué se puede desgravar?

La cantidad a desgravar oscila entre el 0% y el 100% del IVA del precio total del vehículo, todo depende de si se puede demostrar que el vehículo es necesario para el desarrollo de la actividad comercial (transportistas, taxistas, etc.). En estos casos se desgrava el 100%; sin embargo, para empresarios y autónomos que destinan el coche únicamente para trasladarse a su oficina o para visitas de negocios, el % varía.

Además de la desgravación correspondiente por la compra, también hay gastos que están directamente relacionados con el vehículo, como por ejemplo la gasolina, los garajes o lugares de aparcamiento, peajes de autopistas, reparaciones, etc. Por supuesto que en estos casos debe de estar totalmente justificado para evitar posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria. También para este último caso, cuando vehículo está dedicado única y exclusivamente al negocio, se puede repercutir en los Rendimientos de Actividades Económicas del IRPF.

Existen otras opciones, además de la compra del automóvil , por las que muchas Pymes y Autónomos se han decantado: el renting y el leasing.

El renting es una especie de alquiler del vehículo pero sin poder llegar a comprarlo. En estos casos la empresa propietaria del vehículo es la encargada de correr con todos los gastos. Las cantidades a desgravar por el autónomo son, tanto las del IVA y  como las del alquiler, puesto que se considera gasto.

El leasing es también un alquiler del vehículo pero con opción de compra cuando finaliza el contrato eso sí, los gastos corren por cuenta del autónomo (seguro, reparaciones, etc.). La ventaja fiscal es la misma que en el caso de renting, se puede deducir tanto el IVA como el alquiler.

Como siempre os recordamos y no nos cansamos de decir, esto es solo una pequeña referencia a las nociones básicas del tema tratado en cuestión. Lo más importante es que estéis siempre bien informados y aconsejados por profesionales expertos.

 

Fuentes:  http://impuestosrenta.com http://www.ninja.es http://www.arpem.com

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