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Calendario imprescindible para autónomos y pymes, el de la Agencia Tributaria.

@dministraciónA estas alturas del año, casi todos tenemos ya nuestras agendas, sin ellas nos olvidaríamos de fechas y asuntos importantes para el negocio.

Una agenda que más que importante, es imprescindible (sobre todo para autónomos y empresas) es la agenda o calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. En ella nos recuerdan las principales obligaciones tributarias estatales, periódicas y no periódicas para este año 2012.

Comenzamos con este mes, ENERO:

  • Hasta el día 30 se puede presentar el cuarto trimestre del IVA y el resumen anual del IVA correspondiente al año 2011
  • Hasta el día 31, presentación en soporte, internet e impreso del resumen anual de 2011 en Renta y Sociedades.

 

FEBRERO:

Hasta el 20 de febrero:

  • Declaración anual perteneciente al 2011 sobre planes, fondos de pensiones, previsión empresarial, etc.  en soporte e internet.
  • Declaración anual perteneciente al 2011 para subvenciones en actividades agrícolas o ganaderas.

Hasta el 29 de febrero:

  • Impuesto sobre sociedades.
  • Declaración anual de consumo de energía eléctrica de año 2011.

 

ABRIL:

En el mes de abril, desde el día 10 hasta el 2 de julio, se puede solicitar el borrador de la Declaración anual de la Renta  del 2011. La confirmación de dicho borrador, con resultado a ingresar, se puede realizar desde el 10 de abril hasta el 27 de junio. En el caso en el que el resultado sea a devolver, el plazo de confirmación se alarga hasta el 2 de julio.

MAYO:

Desde el 3 de Mayo y hasta el 2 de julio será el plazo abierto para presentar la Declaración Anual de la Renta del 2011.

Esto es solo una pequeña parte de TODAS las obligaciones a cumplir. Depende del tipo de negocio y de empresa, hay muchísimas más.

Para que no se pase NINGUNA, aquí tienes el enlace al  Calendario Anual de la Agencia Tributaria para el año 2012. No lo pierdas ;)  

Nuevo portal móvil de la Agencia Tributaria

emprendedores, nuevas ideas

Esta semana la Agencia Tributaria ha puesto en funcionamiento un nuevo portal móvil en la dirección http://www.agenciatributaria.mobi.

Para acceder a él únicamente se necesita un teléfono móvil con acceso a Internet.

Este nuevo servicio electrónico nos permite tener disponibles y acceder a los siguientes contenidos y opciones desde nuestro móvil de una forma rápida y efectiva:

 

Direcciones y teléfonos de la entidad.

Calendario del contribuyente.

Novedades de los nuevos contenidos o modificaciones publicados, así como a las novedades a la aplicación de los tributos.

Acceso a la Agencia Tributaria.

Sede electrónica móvil: cotejo de documentos y servicios personalizados de renta.

Canal de videos de la entidad en YouTube.

Avances tecnológicos para agilizar los trámites

El notariado se une a los avances tecnológicos para agilizar los trámites necesarios correspondientes a sus funciones.

Dado que no están dominados por la burocracia la respuesta efectiva es rápida, pero con la nueva sociedad específica que se ha creado para equipar a las notarías de medios tecnológicos avanzados, la posibilidad de conectar con diferentes departamentos de las administraciones ya es un hecho. Los múltiples trámites y la solicitud de licencias, ya sean municipales o administrativas retrasan el tiempo de apertura, en el caso de una constitución de empresa. Aunque la demora por parte de la notaría es mínima, dada la posibilidad de poder solicitar el certificado de nominación, el del seguro de vida o el de últimas voluntades, necesario para poder realizar una partición hereditaria se evitan demoras burocráticas.

En cuanto se resuelva una instrucción pendiente de la Dirección General se podrá acceder al Registro de la Propiedad para recibir información sobre situación o cargas de fincas en el momento de la firma. El sistema instaurado es de seguridad extrema y se puede comparar con el de la Agencia Tributaria. Impuestos asociados a la compra o venta de Bienes Inmuebles (impuesto de Transmisiones o la Plusvalía) ya se pueden liquidar en algunas comunidades mediante este sistema.

Dada la cantidad de trámites que necesitamos realizar muchas veces, todo lo que sean avances para ahorrar tiempo, bienvenidos sean.

A vueltas con el modelo 347

Categoría: Empresa,España — Etiquetas: , , — Ana Egea @ 14:12 16/03/2010

Ayer lunes día 15 nos despertamos con una bonita nota informativa publicada en la página Web de la Agencia Tributaria, donde se hacen algunas pequeñas aclaraciones con respecto al modelo 347 del ejercicio 2009, cuyo plazo de presentación se inició el pasado día 1 de marzo y termina el proximo 31 del mismo mes, que sin duda supongo que habrá llenado de alegría a mas de uno cuando la haya leido, y si aún no lo ha hecho, seguro que se alegrará cuando lo haga.

Comentamos brevemente los tres puntos que lleva: LEER MAS ….